Resumen
El presente ensayo analiza la normativa ecuatoriana sobre la prohibición de comunicación entre testigos en los códigos procesal y penal, destacando su insuficiencia para prevenir la contaminación de la memoria testimonial. Aunque ambas normativas prohíben dicha comunicación únicamente antes y durante el testimonio, se señala que no regulan otras influencias externas como las provenientes de abogados, partes o peritos. Además, se critica la falta de control en declaraciones realizadas mediante videoconferencia. Sobre esta base, se propone una reforma regulatoria urgente que amplíe la prohibición de comunicación, incluya figuras externas al proceso e implemente mecanismos de supervisión efectivos, respaldados por el marco constitucional que reconoce el derecho a la prueba y a la verdad fáctica. El objetivo es mejorar la fiabilidad del testimonio y garantizar una justicia más precisa y equitativa.